Nuevo Real Decreto 3/2023 sobre la calidad del Agua de Consumo

El 11 de enero de 2023 se publicó en el BOE el Real Decreto 3/2023, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

En este nuevo Real Decreto se establecen los criterios técnico-sanitarios y el control de la calidad de las aguas de consumo durante toda la cadena de suministro, es decir, desde su captación hasta su llegada al grifo del consumidor, a fin de garantizar que el agua de consumo sea saludable y apta para su uso.

Su entrada en vigor el pasado 12 de enero de 2023 implica la derogación del Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero y supone la transposición de las nuevas exigencias de la Directiva (UE) 2020/2184, haciendo hincapié en diferentes aspectos como, por ejemplo:

  • Evaluación y gestión del riesgo a través de un Plan Sanitario del Agua (PSA), que abarcará todas las etapas del abastecimiento, desde la toma de captación, potabilización, almacenamiento y distribución hasta el punto de cumplimiento y las instalaciones interiores. 
  • Controles en edificios prioritarios: la evaluación y gestión del riesgo se realizará desde de las zonas de captación que corresponderá a la administración hidráulica, desde la zona de abastecimiento que corresponderá al operador u operadores de cada una de las infraestructuras del abastecimiento, y de las instalaciones interiores en edificios prioritarios que corresponderá al titular del edificio.
  • La calidad del agua en la industria alimentaria, dónde el operador de la empresa alimentaria asegurará la calidad del agua de consumo utilizada, mediante un plan de muestreo, distintos tipos de análisis y controles, que se incluirán en sus sistemas de autocontrol basados en los principios del APPCC.
  • Otro punto importante de la nueva normativa es la actualización de los parámetros y valores paramétricos para la calidad del agua de consumo añadiendo parámetros nuevos como:
    • Colífagos somáticos: a analizar siempre en  salida ETAP o salida depósito de cabecera, salida de depósito de regulación o de distribución y en la red de distribución.
    • Referente a parámetros químicos se controlarán obligatoriamente en los análisis completos Cloruro de Vinilo, Acrilamida, Epiclorhidrina, Índice de Langelier además de nuevas sustancias (a controlar a partir de 02/01/2024) , como el bisfenol A, clorito y clorato, Σ5 Acidos Haloacéticos,  Σ4 PFA  y uranio consideradas como contaminantes de preocupación emergente en el agua de consumo.
    • Lista de observación: es una nueva herramienta de control (a controlar a partir de 02/01/2024) que incluye los contaminantes biológicos, químicos o físicos que se consideren que puedan generar un riesgo para la salud humana y que pueda estar presente en el agua. Esta lista, además, quedará actualizada de forma periódica por el Ministerio de Sanidad. A la entrada en vigor del RD 3/2023 la lista de observación incluye las sustancias: β-Estradiol, Nonilfenol, Azitromicina y Diclofenaco.
    • Actualiza el Real Decreto 487/2022 relativo a la Legionella indicando que los resultados analíticos obtenidos de las muestras de agua sanitaria y su notificación, que deberá ser al SINAC (Sistema Nacional de Aguas de Consumo) según plazos y formas establecidos en el anexo XI del RD. Además se obliga a la publicación de ciertos incumplimientos en los parámetros específicos del sistema de agua sanitaria de los edificios prioritarios.

Estos son sólo algunos de los aspectos que se incluyen en el nuevo Real Decreo dirigido a reforzar una buena calidad del agua en España. Es una norma amplia y completa que supone un gran avance para la calidad, suministro y gestión de agua de consumo humano en España. Aquí os dejamos el enlace al  Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

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